Artículo 18: Se considera aprobada la unidad curricular, cuando
el estudiante haya cumplido al menos, las siguientes condiciones:
1. Haber obtenido la calificación mínima pe doce (12) puntos.
2. Haber asistido como mínimo a un setenta y cinco por ciento (75%) de las horas presenciales de la unidad curricular.

No hay comentarios:
Publicar un comentario